MÉXICO

SCJN: Prisión Preventiva Oficiosa permanece en la Constitución, salvo para delitos fiscales

Aunque la mayoría de los ministros consideran que la medida sí viola los Derechos Humanos, el proyecto del ministro Aguilar Morales no logró el consenso necesario; solo se invalidó considerar los delitos de contrabando, defraudación fiscal y falsificación de facturas como delincuencia organizada

Prisión Preventiva Oficiosa permanece en la ConstituciónCréditos: Internet
Escrito en MÉXICO el

Sonora, México.- A pesar de los distintos argumentos de algunos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), incluido el presidente Arturo Zaldívar, que consideran que la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) es violatoria de los Derechos Humanos, la figura se quedará exactamente como está plasmada en el Artículo 19 de la Constitución.

Ello luego de que el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que proponía aplicar la figura caso por caso y no de forma automática no alcanzó los votos suficientes en el pleno. La propuesta requería un mínimo de ocho votos de los cuales solo consiguió cinco con un evidente rechazo de parte de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf y los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo Rebolledo.

Prisión Preventiva Oficiosa pervive en México. Foto: Internet

En México hay 92 mil personas que están en la cárcel por Prisión Preventiva Oficiosa, es decir, sin haber recibido una sentencia. Aunque el tiempo máximo que se puede estar sin condena es de dos años, de acuerdo con la Constitución, la realidad es que el tiempo se alarga durante años por la complejidad y lentitud de los procesos.

Esto ha sido reconocido por los ministros de la Suprema Corte que ven “inconvencional” que se siga encarcelando de forma arbitraría y automática a los individuos, sin embargo han rechazado el proyecto argumentando que equivalía a declarar “inconstitucional la Constitución”.

Las Posturas

Durante su intervención ministra Margarita Ríos Farjat señaló que la Prisión Preventiva Oficiosa ha sido la más funcional para el Estado, pero la más “restrictiva para las personas”. Señaló que pasar a un nuevo paradigma de prisión preventiva no “significa pasar a uno de impunidad”.

“Para decirlo con una frase simple: se corre el riesgo de que paguen justos por pecadores, pero sola una vida tenemos así que dejar que paguen justos por pecadores es inadmisible”. En tanto, la ministra Norma Piña Hernández afirmó que la Suprema Corte está facultada para interpretar normas bajo el principio “pro persona”.

Dijo que se desnaturaliza la esencia de la prisión preventiva como medida cautelar al existir la modalidad oficiosa, pues deja de ser excepcional y se convierte en una pena anticipada. El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se mostró en contra de la propuesta de interpretar el término de oficiosa, pero insistió en que la figura de la Prisión Preventiva Oficiosa no puede ser aceptada porque viola Derechos Humanos reconocidos internacionalmente.

Invalidan delitos fiscales

Lo que sí invalido la corte fue la reforma con la que se impuso Prisión Preventiva Oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y falsificación de facturas. Lo anterior con votos en contra de las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, respectivamente, y a favor de los otros nueve ministros.

El pleno de la Corte determinó que estos delitos fiscales no pueden ser catalogados como delincuencia organizada, por lo que no debe aplicarse la Prisión Preventiva Oficiosa, como se estableció en la reforma de 2019.

En su intervención, el ministro Javier Laynez Potisek consideró que incluir a los delitos fiscales entre los que merecen PPO es “un fraude a la Constitución porque el constituyente de manera liberada no incluyó los delitos patrimoniales en 2008 y en 2019 agregó algunos, pero no incluyó los delitos fiscales”.

Criticas a Ortiz Ahlf

Quizás la participación más criticada de la sesión de ayer fue la de la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien votó en contra de la invalidez del Artículo 19 cuando eso no era lo que estaba a discusión.

Fue el ministro Luis María Aguilar Morales quien se encargó de hacerle ver su error, por lo que Ortiz Ahlf se convirtió en blanco de críticas por no saber “que estaba votando”.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf afirmó que no tiene duda de que la Prisión Preventiva Oficiosa, entendida como automática, atenta contra el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia. Sin embargo, consideró que acotar esta figura jurídica va más allá de las facultades otorgadas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que anunció que “no es factible adoptar la interpretación que se propone en el proyecto”.

Por ello su voto en contra de la iniciativa del ministro Aguilar Morales.

Fuente: Tribuna