Ciudad de México.- Las autoridades capitalinas continúan con su lucha en contra del crimen organizado, en todas sus modalidades. Es por lo anterior que el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, presentó una serie de iniciativas de reforma al Código Penal en materia de combate a la corrupción inmobiliaria, lo anterior en conjunto con la Secretaría de Gobierno y la Contraloría capitalina. Todas de la mano de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
En ese sentido, se busca intensificar el combate y el castigo a la corrupción inmobiliaria, ya que con estas iniciativas se busca sancionar esta conducta con una pena de 10 a 20 años de prisión en la Ciudad de México, incrementándose en un 50 por ciento adicional en los casos en que se obtenga algún beneficio económico, tal cual sucedió en la alcaldía Benito Juárez con la serie de construcciones irregulares detectadas.
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El mandatario capitalino destacó la atención a este tipo de problemáticas, pero dejó claro que su castigo debe tener una actualización. Puso de ejemplo a la alcaldía Benito Juárez y al pueblo de Santa Cruz Atoyac, donde los vecinos han denunciado la construcción de edificios con más niveles de los permitidos en el reglamento, lo que pone en riesgo a los compradores y a los habitantes, ya que hay un riesgo de colapso.
“La corrupción inmobiliaria es frecuente, especialmente en ciertas zonas, particularmente en Benito Juárez, que los pobladores y vecinos nos indiquen, nos digan que hay edificios donde hay permitidos cierto número de niveles y están construyendo más”, explicó el mandatario capitalino.
Por su parte, el secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez, señaló que se ha dado una tarea de revisión del marco legal para adecuarlo a una serie de fenómenos en la ciudad, como es el caso de la corrupción inmobiliaria. Explicó que la iniciativa consiste en incluir un capitulo especifico denominado ‘Corrupción inmobiliaria’, así como la incorporación de un capitulo que dice lo siguiente.
“Comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor que permita, por acción, por omisión o tolere la construcción de inmuebles o la construcción de pisos adicionales a los autorizados sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, las sanción por las conductas descritas en este artículo serán de 10 a 20 años de prisión, con independencia de otras sanciones que correspondan a otros tipos penales, se agravarán en una mitad más cuando se obtenga algún beneficio económico, en efectivo o especie.
Fuente: Tribuna