XÓCHITL GALVEZ

TEPJF confirma calumnia de Xóchitl Gálvez hacia Claudia Sheinbaum y Morena

TEPJF señaló que calumnió a Claudia Sheinbaum Pardo y al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) durante el tercer debate presidencial

TEPJF confirma calumnia de Xóchitl Gálvez hacia Claudia Sheinbaum y MorenaCréditos: Internet
Escrito en MÉXICO el

Ciudad de México. - La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el 7 de agosto la sentencia que confirma que la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez Ruiz calumnió a Claudia Sheinbaum Pardo y al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) durante el tercer debate presidencial. Los magistrados decidieron por mayoría que los términos “narcocandidata” y “narcopartido” utilizados por Gálvez en el debate se constituyen como calumnias debido a que fueron expresados en un evento oficial organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE). 

Resulta que durante la sesión, se retomó el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien argumentó que los debates presidenciales deben ajustarse al principio constitucional de libertad de expresión, pero con límites que impidan la difusión de afirmaciones sin pruebas. “Yo no tengo ninguna duda de que los debates se utilizan como propaganda y el debate es fuente de propaganda posterior. Lo más sano es mantener el principio constitucional de libertad de expresión acotada”, afirmó De la Mata Pizaña en defensa de su proyecto. 

Por su parte, los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón se manifestaron en contra de la sentencia, argumentando que la libertad de expresión debe prevalecer durante los debates, que son un ejercicio democrático. Consideraron que los señalamientos no deberían ser calificados como propaganda y que la multa impuesta a Gálvez podría ser una violación de sus derechos a la libertad de expresión. 

Cabe señalar que la Sala Especializada del Tribunal Electoral ya había determinado el 18 de julio que Gálvez había incurrido en calumnia, imponiéndole una multa de 32 mil 571 pesos, además de 10 mil 857 pesos para cada uno de los tres institutos políticos que representaban a la política. Sin embargo, tanto Gálvez como el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnaron la decisión, alegando que se le imputó un hecho falso sin base periodística. 

Por su parte, el miércoles, la Sala Superior también concluyó que el proyecto de la Sala Especializada violó el principio de exhaustividad al no analizar los casos de manera individual. Se ordenó realizar un nuevo análisis y emitir una nueva sentencia para asegurar una evaluación más detallada. 

En cuanto a Claudia Sheinbaum, la Sala Superior reiteró que la virtual presidenta electa no incurrió en calumnia contra Gálvez al señalar presuntas irregularidades durante la administración de Gálvez en la alcaldía Miguel Hidalgo de la Ciudad de México. La Sala Especializada ya había determinado previamente que las acusaciones de Sheinbaum no se dirigieron de manera explícita o directa a actos de corrupción específicos y, por tanto, no se pueden considerar calumniosas ni implican la imputación de un delito. 

Fuente: Tribuna