DÍA FERIADO

¿Trabajas en día feriado? Así debe ser tu pago si laboras el 16 de septiembre

Para aquellos que acudirán a sus centros de trabajo el próximo lunes 16 de septiembre, esta información referente al pago puede serles de ayuda

¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 16 de septiembre?
Escrito en MÉXICO el

Ciudad de México.- Septiembre es sinónimo de fiestas patrias y como todo buen mexicano, celebramos la Independencia del país, ya sea acudiendo a eventos locales o bien, organizando una reunión con temática tricolor con platillos típicos de la gastronomía mexicana. A menudo, todas estas celebraciones se llevan a cabo el 15 de septiembre y como ya te habrás dado cuenta, este día corresponde al domingo. La idea de que al día siguiente comience la semana de trabajo podría hacerte desistir de festejar a lo grande, pero no te preocupes, pues el día 16 es feriado, lo que quiere decir que no es laborable.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece esta fecha como descanso obligatorio. Ahora bien, sabemos que esto no siempre se cumple, pero por suerte para ti, si tienes que acudir a tu oficina recibirás un pago adicional. ¡Esperamos que esto sirva de consuelo! Te contamos aquí todos los detalles para que estés bien informado y exijas el monto que te corresponde. 

Las personas que trabajen de manera regular el próximo lunes tendrán derecho a recibir, además de su salario normal, un pago doble por el servicio realizado, lo que equivale a un salario triple en total. La legislación actual apunta que los trabajadores no están obligados a brindar servicio en las fechas estipuladas. De lo contrario, "el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado".

Recuerda que si no se realiza el pago correspondiente, cuentas con el apoyo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Para contactarlo puedes llamar a las líneas telefónicas 800 911 7877 y 800 717 2942, o bien reclamar la situación en la dirección de correo electrónica orientacionprofedet@stps.gob.mx. Ten presente que la orientación que te presten en cualquiera de estos medios es gratuita, así que denuncia cualquier solicitud de pago.

¿Cuáles son los próximos días de descanso obligatorio? Además del 16 de septiembre, los días de descanso obligatorio restantes para el año 2024 son:

- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 1 de octubre de cada seis años, cuando se realice la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.

Fuente: Tribuna Sonora