Ciudad de México.- Este miércoles, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, a nivel nacional, la Ley Ingrid que sancionará la filtración de contenido relacionado con una investigación penal o material que exponga las víctimas de algún delito, en especial, el feminicidio.
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A poco más de 2 años del asesinato de Ingrid Escamilla en la Ciudad de México, se aprobó esta iniciativa para castigar a los funcionarios públicos que difundan información de las víctimas, pero también habrá consecuencias para los ciudadanos que lo hagan.
Con 470 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones los diputados aprobaron el dictamen que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal. Ahora el dictamen pasará al Senado de la República para su votación.
- ¿En qué consiste esta ley?
A raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla, ocurrido el pasado 9 de febrero de 2020, a manos de su pareja sentimental, la fiscal general de Justicia de la Ciudad de México, Ernestina Godoy, presentó esta iniciativa al Congreso capitalino para crear el artículo 293 Quater.
El decreto establece que el servidor público o persona que indebidamente difunda imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos, del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos del procedimiento penal o productos relacionados, se le castigará con prisión de 4 a 10 años y una multa económica de entre 100 a 150 días.
En caso de que se trate de imágenes, audios o videos de cuerpos o partes de estos, de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas se incrementarán una tercera parte.
Cuando se trate de información sobre mujeres, niñas, adolescentes, las penas se incrementarán hasta 12 años de cárcel y en caso de que el servidor público que filtre la información sea un integrante de alguna institución policial, podrían ir a prisión hasta por 16 años.
Fuente: SDP Noticia, Capital 21 y El Universal