Ciudad de México.- El testamento es un documento que dará seguridad a tu familia cuando tu momento de partir llegue, hay muchos mitos alrededor de la realización de este trámite (también muchas leyendas), pero lo cierto es que es más sencillo de lo que parece y al final, más que bienes heredarás certeza a tus seres queridos. Si aún tienes dudas sobre lo que debes hacer, aquí te decimos cómo iniciar y qué necesitas para conseguirlo.
De entrada debes saber que en el documento, la persona reconocida como 'testador', expresa de manera clara y terminante su voluntad respecto a la manera en que se repartirán sus bienes una vez que haya ocurrido su fallecimiento. Es un trámite personal, revocable y libre, por el cual podrás decidir a quien dejarás y cómo repartirás tus bienes. Es preciso señalar que ninguna persona puede coaccionar a otra para su decisión final.
El testamento, además de presentar la última voluntad del finado, ofrece seguridad y certeza jurídica, tanto a los propietarios como a sus herederos y evita conflictos entre familiares. Cabe mencionar que el Gobierno de la Ciudad de México inicio con la campaña 'Septiembre, mes del testamento', en donde ofrecerán todas las facilidades para que las y los capitalinos puedan realizar el documento.
Los pasos a seguir para elaborar un testamento son:
- Llenar una solicitud.
- Tener 17 años cumplidos.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
- Manifestar su voluntad claramente.
- Si el testador lo desea, puede elaborar una relación de los bienes que va a dejar en herencia y su ubicación. Estos datos no son necesarios si se nombra a un heredero universal.
- Proporcionar sus datos generales: nombre(s); apellidos paterno y materno; fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad: estado civil y, en caso de ser casado, determinar bajo qué régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes); ocupación; y domicilio actual.
- Presentar copia de su acta de nacimiento.
- Presentar original y copia de una identificación oficial con fotografía y firma.
- Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge, e hijos (incluso si han fallecido), y sus fechas y lugares de nacimiento.
- Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea.
- Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.
Fuente: Tribuna