Estado de México.- De acuerdo con datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas, de las 100 mil personas dadas de alta con un reporte, un total de 43 mil 771 personas corresponden solamente al Estado de México, en donde la falta de una mayor difusión de las fichas de búsqueda en cada uno los municipios, no permite a las autoridades recabar indicios sobre el paradero de las víctimas.
De acuerdo con el diputado local, Jorge García Sánchez informó que, de la cifra mencionada, 11 mil 64 personas siguen sin ser ubicadas por las autoridades, sus familiares, amistades o vecinos: "Son nueve mil 191 personas desaparecidas y mil 873 personas no localizadas y la cifra de quienes ya están localizadas, ascendió a 32 mil 707, de las cuales mil 709 fueron encontradas sin vida", detalló el legislador.
Ante las cifras presentadas, consideró que es necesario fortalecer la difusión de información, cierta y actualizada, que es proporcionada a través de fuentes oficiales, incluidos los 125 ayuntamientos, pues deben ayudar en la difusión de la búsqueda de personas desaparecidas, por lo que ante la necesidad, propuso hacer ajustes a la Ley de Desapariciones con el objetivo de que los ayuntamientos se vean obligados a publicar en sus páginas web, redes sociales y estrados, cada uno de los boletines de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas.
Lo anterior, permitiría convertirse las primeras fuentes de comunicación e información oficiales para que el resto de la población tenga certeza de quiénes siguen desaparecidos y puedan aportar datos o ayuda para su ubicación. La iniciativa, además, busca reformar la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, que fue enviada a las comisiones para su análisis y posterior aprobación en el congreso mexiquense.
Cabe mencionar que la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos estatal, cuenta con una línea telefónica las 24:00 horas en la que se brinda atención en el 800 216 036 y 800 509 0927 y generar el reporte de la persona desaparecida y realizar el boletín de búsqueda. Además, tienen la facultad de llevar a cabo el rastreo telefónico interinstitucional para la difusión de boletines de emergencia.
A pesar de ello, la difusión muchas veces es tardía y se limita a un solo canal de comunicación, en medio de las diversas opciones de medios de telecomunicación, concretadas en internet y las redes sociales. Si bien, los boletines de búsqueda o Alerta Amber se publican a manera de registro en el portal de internet de la Cobupem, sin que se le dé un seguimiento de réplica y difusión en otras plataformas digitales, de forma institucional.
Fuente: Tribuna