Ciudad de México.- Genaro García Luna, el exsecretario de Seguridad Pública federal, obtuvo un amparo contra una orden de aprehensión emitida por la Fiscalía General de la República (FGR) por su presunta responsabilidad en el delito de enriquecimiento ilícito por más de 27 millones de pesos. De acuerdo con el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal, se resolvió que existen incongruencias en los datos aportados por la Fiscalía sobre los montos que García Luna percibió como servidor público y por determinadas operaciones que realizó.
Por tal motivo, el tribunal federal ordenó devolver el mandamiento judicial que le fue otorgado a la FGR y aclarar su petición, y una vez resueltas las incongruencias, podrán solicitar la orden de aprehensión y el juez de control deberá resolver lo que en derecho proceda. Cabe mencionar que el tribunal modificó la sentencia dictada por la jueza Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, quien negó el amparo al ex funcionario.
El magistrado ponente del caso, Jorge Isaac Lagunes Leano puntualizó: "Existe una incongruencia que resulta relevante evidenciar y en su caso que debe ser valorada por el juez de control a partir de lo que le expuso el Ministerio Público, y si ello no es factible, a partir de esta exposición hecha en el pliego de consignación, devolver la orden de aprehensión al existir un impedimento formal para superarlo, ya que se observa, que se sostiene, en este delito de enriquecimiento ilícito, una premisa que resulta trascendente, que está vinculado con la afirmación del aquí quejoso que no señaló haber tenido tener otra fuente de ingresos adicionales a sus sueldos y salarios", detalló.
Puntualizó que la autoridad ministerial presenta unos ingresos en los que se observa una incongruencia: "ya que si bien destaca ingresos que percibe por su salario, también destaca otros ingresos y señala en su propia consignación que estos ingresos corresponden a determinadas operaciones que este quejoso realizó y propone incluso datos para identificar su origen", por lo que es necesario que esto sea precisado en caso de tramitar una nueva orden de aprehensión.
En su oportunidad, la magistrada, Taissia Cruz Parcero señaló que es importante tener certeza sobre cuáles fueron los ingresos de García Luna. El Tribunal declaró constitucionales los artículos 142 y 143 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales impugnó el ex secretario. El magistrado ponente que los preceptos no son contrarios al orden constitucional, porque el juez puede librar la orden de captura en cualquier modalidad.
Fuente: Tribuna