Ciudad de México.- Es común que la población olvide realizar el pago de sus multas o infracciones. Sin embargo, esto puede ser perjudicial para su licencia. En ese sentido, en materia ambiental es diferente, pues ahora, con el objetivo de promover una cultura de cumplimiento pronto y completo de las disposiciones en materia de verificación vehicular y ambiental, así como de las obligaciones fiscales, el Gobierno de la Ciudad de México, publicó en la Gaceta Oficial la “Resolución de Carácter General por la que se Condona Parcialmente el Pago de los Aprovechamientos que se indican”.
Es así que desde el 24 de enero, fecha en que entró en vigor la resolución, hasta el 31 de diciembre de 2023, los beneficios otorgados aplicarán para las sanciones que hayan sido impuestas hasta el 30 de noviembre de 2023. El objetivo de las autoridades es condonar parcialmente a los propietarios o poseedores de vehículos el pago de sanciones impuestas con motivo de infracciones en materia de Verificación Vehicular.
En ese marco, se establece la condonación a propietarios o poseedores de vehículos automotores el 90 por ciento del pago de los aprovechamientos, respecto de los cuales se haya emitido la boleta de sanción ambiental correspondiente, siempre y cuando realicen el pago correspondiente a la infracción, dentro de los 10 días naturales siguientes contados a partir de la fecha de emisión de dicha boleta.
Por otro lado, también se condona a los propietarios o poseedores de vehículos automotores el 50 por ciento del pago de los aprovechamientos, respecto de los cuales se haya emitido la boleta de sanción correspondiente, siempre y cuando realicen el pago a la infracción a partir del día 11 y hasta los 30 días naturales siguientes contados a partir de la fecha de emisión de la boleta de sanción.
Cabe señalar que este descuento solo aplicará si el proceso se realiza en el portal de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, en la sección de “Consulta de Adeudos Sedema”, la deuda se podrá pagar al día siguiente de la sanción. Este beneficio no aplicará cuando los propietarios o poseedores de vehículos automotores de combustión interna cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal.
Fuente: Tribuna, Sedema, Gaceta CDMX