Ciudad de México.- Esta tarde el juez cuarto en Materia Administrativa otorgó una suspensión definitiva para que el Gobierno de la Ciudad de México, encabezado por Claudia Sheinbaum y el Sistema de Transporte Colectivo (STC) capitalino verifiquen de manera obligatoria las labores de mantenimiento de este medio de transporte público. Cabe señalar que esta decisión se da después de que Teófilo Benítez, asesor jurídico de las víctimas del accidente en la Línea 12 y 3 presentara el amparo 63/2023.
Se debe mencionar que el 19 de enero pasado este mismo juez había concedido una suspensión provisional bajo el argumento de que se busca ofrecer a los usuarios de este medio de transporte la óptima seguridad, continuidad y calidad en el servicio, además de evitar poner en riesgo la integridad y vida de los pasajeros. En ese marco, esto cobra sentido, ya que en la red del Metro de la CDMX se transportan cinco millones de personas cada día.
Por otro lado, de acuerdo con el abogado de las víctimas, el juez tomó esta médica cautelar en favor de las víctimas de ambos accidentes y consideró que tanto el Gobierno capitalino como el STC Metro deben realizar las acciones necesarias para verificar el adecuado mantenimiento y operación, esto con el objetivo de que el sistema esté en las mejores condiciones posibles para ofrecer a los usuarios un viaje seguro, eficiente y de calidad.
“El Juez resuelve a favor de las personas para que no se cometa un nuevo episodio que enlute a las familias de esta ciudad, pues queda claro que las condiciones en que opera son deficientes por falta de mantenimiento y supervisión, la resolución del poder judicial federal evita que las víctimas queden al olvido y sin justicia”, señaló.
En ese sentido, aseguró que el juez estableció que “se resuelve, se insiste, no sobre una afirmación categórica de que las autoridades responsables estén omitiendo cumplir con tales deberes, sino sobre una presunción de que no podría estarlo haciendo en forma deficiente y ello no podría ser una de las causas generadoras o contribuyentes para la ocasión de accidentes o la prestación de un servicio deficiente”.
Finalmente, el asesor jurídico detalló que en la audiencia se consideró que la exposición de motivos realizada por la defensa de las víctimas de ambos accidentes permitió establecer la necesidad de prevenir algún tipo de hecho que implique un daño a la integridad de los usuarios del Metro. Finalmente, explicó que el objetivo es evitar en la sociedad daños que de otro modo no se resentirían, como lo dispone la Ley de Amparo para evaluar la procedencia de la medida cautelar.
Fuente: Tribuna