Ciudad de México.- Este fin de semana se dio un paso hacia adelante en favor de los derechos de los animales en la Ciudad de México, pues el Congreso de la Ciudad de México hizo esto posible a través de la Ley de Protección Animal y la Ley de Cultura Cívica, por lo que ahora a quien sea sorprendido o se le compruebe que maltrató a un animal, podría pasar hasta 10 años en la cárcel. Sin duda un avance en materia de protección.
En ese sentido, ahora se especifican los delitos que ameritan cárcel en la Ciudad de México. En primer lugar, Hay una pena de hasta 10 años de prisión a quien realice operaciones de maltrato, mataderos clandestinos, consumo y uso de animales con fines sexuales. En segundo lugar, a quien abandone a una mascota será sancionado con penas desde 5 meses hasta un año de prisión cuando se realice en la vía pública y con seis años de cárcel por maltrato y crueldad ejercida hacia animales.
Esto se logró después de que se reformara el Código Penal local, la Ley de Protección a los Animales y la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. En cuanto al primero, se realizaron modificaciones en el artículo 350 Ter, en el cual se afirma que quien maltrate o sea cruel contra un animal provocándole la muerte obtendrá entre dos y seis años de prisión. En caso de que se torture al animal antes de morir, la pena será de hasta 10 años.
Por otro lado, el artículo 350 Bis deja muy claro que a quien sea cruel con un animal y le cause lesiones o alteraciones en su salud, la pena será entre uno y tres años de prisión, así como de 300 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En ese marco, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, estimó que, hasta la fecha, se han atendido más de 17 mil 600 reportes por maltrato animal.
Finalmente, también se calificó como delito grave el consumo de animales domésticos. Incluso, el propio artículo 350 Quarter establece que la persona que administre, establezca o patrocine espacios destinados a la matanza de animales de abasto sin autorización, es decir, rastros clandestinos, tendrán una pena que va de dos a cuatro años de prisión, así como una multa entre mil y 500 UMAS, además de la clausura del lugar.
Fuente: Tribuna