Ciudad de México.- Esta tarde un Tribunal federal le ordenó a un juez de distrito admitir el amparo que comenzó Pío López Obrador, con el cual, el hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador busca que la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales siga con la investigación que inició después de la filtración de videos en los que se observa que recibe dinero en efectivo por parte de David Eduardo León Romero, excoordinador nacional de Protección Civil.
En su demanda, el hermano del mandatario señaló que Héctor Sánchez Zaldivar, titular de Núcleo E de la Fisel incurrió en una dilación en cuanto a los actos de investigación que solicitó con motivo de lo sucedido el 2 de octubre de 2020. En ese marco, López Obrador decidió interponer el juicio de amparo, esto después de que las autoridades ministeriales desecharan su solicitud, pues se estimó que el acto reclamado no ocasionaba agravio.
Lo anterior debido a que se determinó el no ejercicio de la acción penal, con lo cual se dio por terminada la indagatoria. Sin embargo, Pío señaló que esta determinación de la FISEL si le causaba perjuicio, pues, si bien se acumularon las carpetas de investigación, son diversos casos, pues uno es relativo a hechos que a él y a León Romero le fueron imputados, mientras que el otro caso es sobre hechos que él denunció, motivo por el cual, no puede sostenerse que dicha indagatoria haya concluido.
Por otro lado, el Tribunal consideró que los agravios estaban fundados, pues, las “manifestaciones generan un indicio suficiente que permite presumir que la investigación por lo que hace a la persona que él denunció no ha terminado y, en esa medida, en este momento no es manifiesto ni indudable que el acto reclamado no le cause perjuicio”. Por ello, los magistrados revocaron el fallo del juez y ordenaron que admita y trámite la demanda de amparo.
Cabe señalar que en su escrito, el cual fue presentado el pasado 22 de diciembre, el hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador impugnó el acuerdo del 13 de diciembre de ese año, mediante el cual la FISEL omitió dar respuesta a la solicitud de diligencias y el impedimento para seguir la investigación, determinaciones que atribuyó al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF) titular del Núcleo “E”, Héctor Sánchez Zaldívar.
Finalmente, cabe recordar que el pasado 24 de octubre, la FISEL determinó el no ejercicio de la acción penal en contra de Pío López Obrador y David León Romero por la presunta comisión de delitos electorales, lo anterior al actualizarse la causa de sobreseimiento.
Fuente: Tribuna