Ciudad de México.- La semana pasada el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto de resolución presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre la inconstitucionalidad parcial de la reforma judicial, luego de que el jurista Alberto Pérez Dayán se posicionó en contra de éste. Después de este capítulo, trascendió que es González Alcántara Carrancá quien desechó y sobreseyó siete impugnaciones relacionadas.
Las primeras cinco controversias constitucionales se originaron a partir de recursos promovidos por diferentes entidades. Entre ellas se encuentra el recurso del Gobierno de Guanajuato, presentado durante la gestión del exgobernador Diego Sinhue (286/2024), así como los interpuestos por los Poderes Judiciales de Chihuahua (298/2024), Guanajuato (307/2024), Michoacán (313/2024) y Jalisco (315/2024).
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De acuerdo con la lista de notificaciones judiciales, el recurso de Diego Sinhue fue ingresado poco antes de finalizar su mandato y posteriormente archivado. En cuanto a las controversias presentadas por los poderes judiciales estatales, estas fueron desechadas al considerarse "notoria y manifiesta improcedencia". Por otro lado, los Poderes Legislativos de Chihuahua (317/2024) y Jalisco (318/2024) también interpusieron controversias adicionales, las cuales fueron igualmente declaradas impertinentes por el tribunal.
Al cerrarse estos capítulos la reforma al Poder Judicial parece esquivar cada obstáculo que pretende modificarla. En su momento, el recuso con mayor posibilidad de transformarla fue el propuesto por Alcántara Carrancá el cual planteaba declarar inconstitucional la elección por voto popular de jueces y magistrados, aunque conservaría este mecanismo para la elección de ministros y magistrados electorales; todo ello como un acto de autocontención enfocado en resolver la crisis constitucional actual y restablecer la normalidad institucional en las relaciones entre los Poderes de la Unión.
Éste fue desestimado por el voto de Pérez Dayán el jueves pasado. Afirmó que la SCJN no estaba capacitada para hacer la revisión del caso. Por ello, consideró que no es posible responder a una "insensatez con otra insensatez". Si bien reconoce los efectos de la reforma sobre la división de poderes y la independencia del poder judicial, considera que existen alternativas para enfrentar esta problemática.
Fuente: Tribuna Sonora