Ciudad de México.- El aguinaldo, es el pago más esperado por las y los trabajadores mexicanos, ya que representa un ingreso extra para cubrir los gastos en las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, pero ¿Cuál es la fecha límite para que lo depositen en tu cuenta? El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, estipula que la fecha límite para recibir el aguinaldo es antes del sábado 20 de diciembre del 2025.
El monto mínimo de este ingreso extra equivale a mínimo 15 días de salario; sin embargo, la cantidad dependerá de las políticas internas de cada empresa. Aunque la legislación laboral contempla un mínimo de días, hay compañías que ofrecen un monto superior. Asimismo, no se distingue entre trabajadores de confianza, de base, sindicalizados, comisionistas, empleados con puesto permanente o temporal, todas las personas siempre que exista subordinación tienen derecho a recibir el pago.
El cálculo del aguinaldo dependerá del tipo de salario de cada trabajador mexicano, pero ¿Cómo saber la cantidad que me corresponde este 2025? Recuerda que para obtener el cálculo de este ingreso extra, se toma en cuenta el salario de cuota diaria, por lo que no se incluyen bonos, horas extras o comisiones, a menos que estos estén integrados en tu sueldo fijo.
¿Cuánto te corresponde de aguinaldo y cómo se calcula?
- Aguinaldo estándar: Se multiplica el salario diario por 15 días.
- Aguinaldo proporcional: Si aún no has trabajado el año completo, se calcula la parte correspondiente según los días laborados.
- Salario variable: Promedian los ingresos mensuales del año y se multiplica el resultado por los 15 días que establece la ley.
Por lo general, el aguinaldo suelen recibirlo todos los trabajadores formales que existen en el país, es decir, aquellos que de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial. Así como, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores, entre otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Las personas que no cuentan con una relación de trabajo subordinado, como trabajadores independientes o prestadores de servicios profesionales, no reciben aguinaldo. Por otro lado, recordemos que recibir o no el aguinaldo dependerá del tipo de contrato que los empleados hayan firmado al momento de su contratación, por lo que algunos no recibirán este ingreso extra.
Fuente: Tribuna del Yaqui
