El presidente AMLO anunció que en septiembre de 2020 enviaría al Congreso de la Unión su iniciativa para reformar el sistema de pensiones, que de aprobarse, traerá un poco de luz al desolador panorama de la llamada generación AFORE-IMSS, es decir, aquellos que cotizan al IMSS a partir de julio de 1997. Para entender la importancia de las 3 premisas básicas de esta propuesta es necesario analizarla en función de los principales problemas que actualmente enfrenta esta generación de trabajadores, que para su mala suerte empezaron a cotizar bajo los términos y condiciones de una nueva ley (aprobada en diciembre de 1995) que está diseñada para NO otorgar pensiones y además reproduce y crea nuevas desigualdades para las mujeres trabajadoras, esto quizás como resultado de que el diálogo social y la perspectiva de género estuvieron ausentes en aquella reforma de 1995.
De acuerdo a las estimaciones de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), el panorama para la generación AFORE puede resumirse de la siguiente manera: por cada 100 trabajadores afiliados al IMSS bajo el sistema de cuentas individuales, 76 llegarán a los 65 años sin haber cotizado el tiempo suficiente para obtener una pensión por vejez (1,250 semanas = 24 años cotizados) debido al efecto de la informalidad laboral; 17 cumplirán el tiempo de cotización, pero debido a los bajos salarios habrán ahorrado tan poco que no será suficiente ni para obtener una pensión equivalente a un salario mínimo, por lo que el Gobierno Federal con los impuestos generales pondrá lo que falte para completar por lo menos un salario mínimo (Pensión Mínima Garantizada); y solo 7 trabajadores de los 100, habrán ahorrado lo suficiente para recibir una pensión mayor a un salario mínimo, pero aun así, debido a la baja tasa de aportación a la seguridad social (6.5% del sueldo base de cotización) el monto de esta pensión solo podrá ser más o menos equivalente a la cuarta parte de su último sueldo percibido (tasa de reemplazo). Entendido esto, es posible decir que la reforma propuesta por el gobierno federal es positiva para los trabajadores y trabajadoras de la generación AFORE ya que mejoraría sus posibilidades de obtener una pensión al reducir el número de semanas de 1,250 a 750, lo cual se ajusta más a la realidad laboral de los trabajadores mexicanos; en segundo lugar, mejora las perspectivas del ingreso o monto de las pensiones al incrementar el monto de la pensión mínima garantizada para que sea mayor a un salario mínimo; y por último, busca mejorar la tasa de reemplazo (monto de pensión) al incrementar la tasa de cotización al IMSS.
Estas medidas beneficiarán tanto a hombres como mujeres de la generación AFORE al llegar la edad de retiro, sin embargo, la Ley del IMSS de 1995, establece igualdad de requisitos en materia de pensiones para hombres y mujeres, y como es bien sabido: el trato igual entre desiguales solo puede generar una mayor desigualdad. Sin embargo, no existe ningún posicionamiento en torno a igualdad de género en materia de pensiones que considere que las mujeres: cotizan menor tiempo a la seguridad social debido sobre todo al trabajo reproductivo y de cuidados no remunerado; que tienen en promedio salarios de cotización inferiores debido a la brecha salarial y que además viven en promedio más tiempo que los hombres. Esto último, resulta importante porque la nueva forma en que se calcularán los montos de pensión por vejez (para aquellos que logren obtener más de la Pensión Mínima Garantizada) considera la esperanza de vida diferenciada por sexo, lo que significa que incluso entre una mujer y un hombre en igualdad de circunstancias (edad, salario, tiempo de cotización y beneficiarios) la mujer estaría recibiendo un monto de pensión entre el 7 y 10% menor solo por el hecho de que vivirá más años, lo cual, financieramente puede estar justificado pero es a todas luces discriminatorio para las mujeres.
México es uno de los pocos países que no considera en su legislación acciones afirmativas por género en materia de pensiones. En Chile, Bolivia y Uruguay existen los llamados bonos de maternidad que abonan cotizaciones (dinero) o tiempo de cotización a las cuentas para el retiro de las mujeres con hijos para compensar el tiempo dedicado a las labores reproductivas; en Alemania y otros países de Europa existen los créditos por cuidados que funcionan de forma similar a los de maternidad pero incluye el cuidado de adultos mayores, enfermos y personas con discapacidad; en Argentina y Bolivia se utilizan tablas de mortalidad unisex para calcular las pensiones, es decir, sin diferenciar entre esperanza de vida masculina y femenina.
La iniciativa de reforma propuesta es apenas un primer paso, absolutamente necesario y urgente para evitar que el sistema de pensiones se convierta en un mecanismo de pauperización de toda una generación de personas que empezarán a jubilarse en los próximos años. En este escenario, las trabajadoras enfrentarán una mayor dificultad debido a que en promedio cotizan menos tiempo a la seguridad social, ganan menos y viven más. Este momento parece oportuno para exigir a nuestros legisladores y legisladoras que se incluyan en esta reforma de ley, acciones afirmativas que permitan a las mujeres lograr mejores condiciones de vida en la vejez.