Ciudad de México.- Si bien es una responsabilidad ciudadana darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debes saber que también hay situaciones en las que puedes suspender tus actividades fiscales; conoce aquí todos los detalles.
Cuando se habla de suspender las actividades fiscales, se hace referencia a parar todo acto como el pago de impuestos; desde luego, esto conlleva una serie de aclaraciones, las cuales verás aquí.
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Puedes parar tus actividades fiscales cuando:
1. Interrumpes de manera definitiva las labores en tu negocio. No obstante, en esta situación es importante actualizar tu régimen, disminuir tu actividad económica e incluso suspenderte del SAT, para que no tengas declaraciones pendientes.
2. Tu negocio cambia de giro. Si, por ejemplo, dejas de tener una pastelería y ahora tendrás una estética es clave que actualices tu actividad económica en el SAT, ya que tus obligaciones fiscales varían de una actividad a otra.
3. Cierre temporal. Si por la pandemia tuviste que cerrar tu negocio, o por otra razón, tienes que informarlo al SAT y suspender tus actividades.
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Por otra parte, las personas morales se pueden suspender por dos años máximo y después volver en un año; por su parte, la personas físicas pueden suspenderse de manera indefinida.
Para cualquier duda sobre los trámites que corresponden, lo mejor será que consultes a un contador o a las oficinas del SAT.
Fuente: Instagram @drccontadores