Ciudad de México. - El primer mes del año en México trae consigo tradiciones y regulaciones laborales que impactan tanto a trabajadores como a empleadores. Aunque enero inicia con el feriado oficial del Año Nuevo el día 1, considerado como un día de descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT), otras fechas significativas como el Día de Reyes no cuentan con esta designación legal.
El 1 de enero es el único feriado reconocido por la LFT durante este mes. En esta fecha, los trabajadores que laboren tienen derecho a recibir un pago triple: su salario diario más el doble por trabajar en un día de descanso obligatorio, conforme al artículo 75 de la ley.
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Si el feriado coincide con el día de descanso semanal (por ejemplo, un domingo), también se debe pagar una prima dominical equivalente al 25% adicional del salario diario, tal como lo estipula el artículo 71 de la LFT.
Estas disposiciones aplican para todos los trabajadores, incluidos obreros, jornaleros, empleados domésticos y artesanos.
El Día de Reyes, celebrado el 6 de enero, es una fecha de gran importancia cultural y religiosa en México. Esta festividad incluye el tradicional corte de rosca y la entrega de regalos a los niños. Sin embargo, al no estar reconocido como feriado oficial por la LFT, el descanso en este día queda sujeto a acuerdos entre empleadores y trabajadores.
El calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) contempla vacaciones hasta el 3 de enero para docentes. A partir del 6 de enero, comienzan los talleres intensivos para los maestros, mientras que el alumnado regresa a clases el 9 de enero.
En el ámbito laboral, las empresas y los empleados deben acordar quiénes trabajarán durante los días de descanso obligatorio. Estas negociaciones buscan equilibrar la continuidad operativa con el respeto a los derechos laborales.
¿Qué hacer si no se respeta el pago de días feriados?
Si un trabajador no recibe el pago correspondiente por laborar en días de descanso obligatorio, puede exigirlo dentro de un plazo de un año. En caso de conflictos laborales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría y representación jurídica gratuita.
Opciones de apoyo laboral
PROFEDET: Brinda orientación, conciliación y representación legal en conflictos laborales.
Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877.
Correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx.
WhatsApp: 5514848737.
Redes sociales: PROFEDET en X y Facebook, @profedet_oficial en Instagram.
El proceso comienza con una audiencia conciliatoria en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), buscando una solución amistosa. Si no se alcanza un acuerdo, se puede presentar una demanda ante los tribunales laborales con representación gratuita proporcionada por la PROFEDET.
Enero no solo es un mes de celebraciones y tradiciones, sino también un periodo en el que los derechos laborales cobran relevancia, garantizando un equilibrio entre las festividades y las obligaciones laborales.
Fuente: Tribuna