Ciudad de México.- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reiteró que plataformas de transporte como Uber, Didi y Cabify no cuentan con autorización oficial para ofrecer servicios de traslado desde o hacia los aeropuertos del país, incluyendo más de 70 terminales como el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA). Esta aclaración surge tras la confusión generada por una suspensión judicial otorgada a Uber el 27 de octubre de 2025.
La confusión proviene de una resolución de la jueza Blanca Alicia Ochoa Hernández, del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, que concedió a Uber una suspensión definitiva en el amparo 1202/2025. Esta medida prohíbe a la Guardia Nacional detener o sancionar a conductores de Uber mientras completen viajes desde o hacia aeropuertos. Sin embargo, la SICT aclaró que esta suspensión no equivale a un permiso para operar, sino que garantiza que los operativos se realicen conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento, evitando acciones arbitrarias.
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"Los servicios que se brindan a través de las empresas de aplicación no cuentan con autorización expedida por la secretaría para prestar estos servicios de transportación”, precisó la SICT en un comunicado del 29 de octubre. El conflicto entre taxis autorizados y plataformas digitales ha generado tensiones en los aeropuertos mexicanos durante años. Los taxis concesionados, regulados por normas federales, son los únicos autorizados para operar dentro de las terminales, garantizando seguridad, tarifas fijas y cobertura legal.
La llegada de aplicaciones de transporte, preferidas por su accesibilidad y precios competitivos, ha provocado enfrentamientos, bloqueos y operativos para impedir su operación. Este debate cobra relevancia ante el Mundial de Fútbol 2026, que espera la llegada de más de 5.5 millones de turistas adicionales, poniendo presión sobre la capacidad de transporte en las terminales aéreas.
Empresas como Uber han promovido amparos para proteger a sus conductores, argumentando que las restricciones son discriminatorias. Aunque algunos fallos han limitado la acción de la Guardia Nacional, ninguna plataforma ha obtenido autorización formal de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) para operar en zonas aeroportuarias. Uber celebró la suspensión como un avance que protege a sus socios conductores y exhortó al Congreso a legislar sobre el acceso de plataformas a aeropuertos para "mejorar el ecosistema turístico nacional e internacional".
Por su parte, la SICT desmintió interpretaciones como la del gobernador de Jalisco, Pablo Lemus, quien sugirió que el fallo habilitaba servicios en aeropuertos locales como Guadalajara y Puerto Vallarta, reafirmando la autoridad federal en la materia. La SICT informó que los usuarios deben utilizar los servicios autorizados en las terminales: Taxis concesionados, servicios turísticos registrados y autobuses con rutas específicas. Operar aplicaciones en zonas no autorizadas puede derivar en sanciones, como multas o retención de vehículos, conforme al Reglamento de Autotransporte Federal.
La situación genera incertidumbre entre pasajeros, conductores y empresas tecnológicas, con afectaciones como retrasos, confrontaciones en puntos de ascenso y descenso, y falta de claridad sobre los derechos de los conductores. La ausencia de una regulación específica para plataformas digitales en aeropuertos deja un vacío legal que dificulta su integración formal.
En países como Estados Unidos, Canadá y España, las apps de transporte operan en aeropuertos bajo estrictos requisitos de registro, zonas designadas y tarifas reguladas. En México, el debate sigue abierto, con expectativas de reformas que permitan la convivencia entre modelos tradicionales y digitales, sin comprometer la seguridad ni los derechos de los usuarios.
Por ahora, la postura oficial es clara: Uber, Didi, Cabify y otras plataformas no están autorizadas para operar en aeropuertos mexicanos, y hacerlo sin permiso puede considerarse una infracción. La SICT instó a la ciudadanía a informarse y usar los servicios regulados para evitar contratiempos.
Fuente: Tribuna del Yaqui/Agencia México
