Ciudad de México.- Ya es totalmente oficial: la CURP Biométrica será un documento obligatorio, esto después de que en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicado el decreto que hace que la expedición de este nuevo documento sea obligatorio, dando pie a su formal entrada en vigor. Además, en el DOF se publicaron, este miércoles 16 de julio de 2025, 10 decretos más que modifican sensiblemente las leyes federales en distintos ámbitos. Entre los decretos publicados están las leyes en materia de desapariciones forzadas, telecomunicaciones, seguridad pública y otras de considerable calado. Aquí te contamos más.
¿Qué decretos fueron publicados?
Tras un extenso e intenso periodo extraordinario del Congreso de la Unión con la aprobación de importantes reformas impulsadas por el gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo, para que entren en vigor es necesaria su publicación en el Diario Oficial de la Federación; es así que esta tarde se publicaron 11 en la Edición Vespertina del DOF. Entre estos 11, está la CURP Biométrica que se encamina a ser la nueva identificación oficial en todo el país. Estos son los decretos publicados:
- Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas
- Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
- Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública
- Ley de la Guardia Nacional
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita
- Ley General de Desarrollo Social
- Ley General de Vida Silvestre
- Ley Federal de Competencia Económica
- Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario
- Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocáticos
- Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
¿Cómo será la CURP Biométrica?
Este nuevo documento contendrá nombres y apellidos, fecha de nacimiento, género, huellas dactilares y fotografía. Puntualmente será:
- Primeros dos dígitos del apellido paterno
- Primer dígito del apellido materno
- Inicial del primer nombre
- Últimos dos dígitos del año de nacimiento
- Mes de nacimiento
- Día de nacimiento
- Sexo del solicitante
- Lugar del solicitante
- Homoclave
- Leyenda
- Firma electrónica
- Foto del solicitante
- Código QR
¿Cuándo entran en vigor la CURP?
Se establece un tiempo no mayor a 90 días para la creación de la Plataforma Única de Identidad, que deberá contar con el apoyo de la Secretaría de Gobernación y la Agencia de Transformación Digital. De ahí se deberán habilitar los mecanismos para integrar los datos a la CURP.
Fuente: Tribuna
