Ciudad de México.- Si eres persona moral y aún no has renovado tu e.firma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) aquí verás cómo hacerlo de manera rápida y muy fácil. ¡Toma nota!
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Fue el mismo SAT el que, a través de un comunicado, notificó a los contribuyentes registrados como personas morales, que desde el pasado 1 de junio, podrían renovar su e.firma o firma electrónica, en la página oficial del órgano.
¿Te interesa renovar tu e.firma del SAT? Aquí el paso a paso
Si eres una persona moral tendrás que ingresar la página oficial del SAT y hacer clic 'Empresas', después en 'Otros trámites y servicios', para finalmente seleccionar 'Solicitud de renovación del Certificado de e.firma caduco para personas morales'.
Una vez dentro, solo debes considerar los siguientes:
- Es clave tener los datos de la e.firma que ya no es vigente, como lo son la Clave privada, Certificado y la Contraseña de la llave privada de la firma electrónica.
- Tu representante legal, al momento de la renovación, debe ser el mismo, pues tendrá que firmar la solicitud de renovación para la e.fimra de tu empresa.
- Que el término de la vigencia de la e.firma sea mayor al de un año a la fecha de solicitud. De contrario, tendrás que ir al SAT a pedir información
Ahora bien, una vez que ya tengas resuelto lo anterior, tendrás que descargar la aplicación Certifica y seleccionar la opción Solicitud de requerimiento de Renovación de Persona Moral con Representante Legal.
Luego de que se genere el archivo de renovación, que tendrá la e.firma caduca, tendrás que volver al portal en el apartado 'Solicitud de renovación del Certificado de e.firma caduco para personas morales' (el que se indicó previamente) y realizar los pasos que te pida.
¡Y listo! Tendrás que enviar el archivo de renovación en la sección 'Renovación del certificado'
No olvides guardar el número de operación, el acuse y recupera tu nuevo certificado, el cual estará en el apartado 'Seguimiento' y después 'Recuperación de Certificados'.
Ante cualquier duda, puedes llamar al SAT o bien consulta el chatboot de la página del organismo.
Fuente: SAT