Ciudad de México.- Llegó septiembre y con él también las fiestas patrias, la mayoría de los mexicanos se ponen felices ya que comienza la temporada de celebraciones por el inicio de la Independencia de México. Sin embargo, a muchos les toca trabajar el 15 y el 16 de septiembre, por lo cual existe la duda de cuánto es lo que deben de recibir por laborar en días feriados. Es por eso que ahora se otorga toda la información.
El próximo fin de semana largo será el 15 y el 16 de septiembre, días en los que se conmemora el inicio de la Independencia de México, muchos festejan estas fechas con bombo y platillo aunque a muchos otros les toca trabajar. En ese sentido, el 16 de septiembre se conmemora grandes acontecimientos que ocurrieron en 1810 cuando el cura Miguel Hidalgo y Costilla pronunció el famoso grito de independencia.
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Por otro lado, se debe mencionar que el 15 de septiembre no es feriado; sin embargo, el día 16 sí, por lo que se considera un día de descanso obligatorio. Asimismo, el día 15 las actividades laborales se desarrollarán de manera habitual aunque las cosas cambian el 16 de septiembre. En caso de que una persona tenga que trabajar en este día deberá recibir una compensación extra, lo anterior de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
El artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo establece que los empleados no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso; sin embargo, en caso de que el patrón lo requiera deberá pagar al trabajador, independientemente de su salario, un extra por el tiempo otorgado durante sus días de descanso, es decir, un salario doble por el servicio prestado. Por ello el trabajador que realiza actividades remuneradas en un día de descanso obligatorio le corresponderá el salario diario normal más el doble. Lo anterior de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Se debe señalar que la Ley del trabajo aplica para todos los empleados de cualquier empresa dada de alta ante Hacienda en México, es decir, negocios, plazas comerciales o comercios pequeños. Un ejemplo de lo anterior es que si un trabajador que cobra 300 pesos al día labora el próximo 16 de septiembre, su patrón o empresa deberá pagar de forma adicional un monto doble es decir 900, por lo que en total recibirá 900 pesos como compensación por laborar en un día de descanso obligatorio.
Las personas que trabajen el 16 de septiembre, además de su salario correspondiente deberán recibir un monto adicional que equivale al doble del salario normal. Es así que ya lo saben en caso de que los patrones no otorguen este pago podrán reportarlo ante las autoridades, entre las dependencias facultadas se encuentra conciliación y arbitraje así como la Condusef.
Fuente: Tribuna