Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó una reforma que evitará que se den espectáculos con animales mamíferos marinos, como delfines, orcas, focas, entre otros, lo que ha causado reacciones mayoritariamente positivas, pues esta práctica es considerada como maltrato animal y organizaciones como Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA) luchaban por la prohibición de esta actividad, así como de lugares donde se les confinaba, como los delfinarios.
La reforma de la Ley General de Vida Silvestre, que fue aprobada con 415 votos a favor, obtuvo la unanimidad de los votos y ha sido remitida al poder ejecutivo para su promulgación. La ley, que lleva el apodo de 'Ley Mincho', tiene el propósito de prohibir que los animales provenientes de los mares u océanos estén bajo la posesión de cualquier persona, así como la utilización de estos para actividades lucrativas.
Esta decisión, después de la aprobación de no utilizar animales para circos, ha causado gran impacto, pues es una propuesta que tiene mucho tiempo estando sobre la mesa, ya que los delfinarios, lejos de ser lugares que enseñan sobre la vida silvestre, son usados con fines de lucro. “Durante décadas, delfines, orcas, lobos marinos y otros mamíferos han sido utilizados en shows, entrenados bajo coerción, aislados de sus hábitats, privados de sus vínculos naturales, todo con fines de entretenimiento o lucro; lo vimos y lo normalizamos, como si la crueldad fuera parte del espectáculo”, expresó la diputada Virginia Reyes (MC).
¿En qué consiste la ley Mincho aprobada por diputados?
La reforma del artículo 60 bis, que tiene el objetivo de proteger a los animales de su captura o aprovechamiento, estipula que se prohíbe la utilización de estos animales para cualquier actividad que no tenga fines de protección, investigación científica, objetivos de estudio o con propósitos de preservación de las especies, además exceptuando si se busca la repoblación, reintroducción o el traslado de estos ejemplares.
Ningún ejemplar de mamífero marino puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo, con excepción de la captura que tenga por objeto la investigación científica con fines de protección y conservación de dicha especie y población...", dice el dictamen aprobado.
Finalmente, aunque las actividades de investigación o protección son avaladas por la ley, se especifica que se podrán llevar a cabo por aquellas que estén realizadas o aprobadas por instituciones académicas o de investigación que se encuentren oficialmente registradas. "La investigación debe ser realizada o avalada por una institución académica o de investigación con registro oficial y contar con un protocolo autorizado por la Secretaría”, especifica el dictamen.
Fuente: Tribuna
