La agenda de derechos de las mujeres y el acceso a una vida libre de violencia es una prioridad de la Cuarta Transformación. La sensibilidad hacia las violencias estructurales por razones de género y la búsqueda de mejores condiciones para que todas disfrutemos de una vida digna, son la esencia del compromiso de la presidenta Claudia Sheinbaum de construir una República de y para las mujeres.
Como cada día 25 de mes, hoy nos sumamos al llamado internacional para erradicar las violencias hacia las niñas y las mujeres, mediante la implementación de acciones institucionales y sociales que contribuyan a sancionar las conductas que atentan contra la vida, la integridad y la dignidad de las mujeres, así como promover una cultura de respeto e igualdad sustantiva.
Durante su conferencia matutina de este martes, la presidenta de la República anunció que impulsará una nueva legislación para reglamentar el delito de feminicidio, elevando su importancia a nivel constitucional y creando una Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio que permita homologar el tipo penal en todo el país.
De septiembre de 2024 a enero de 2026, la incidencia del delito de feminicidio ha disminuido 12.7 por ciento a nivel nacional. Sin embargo, es fundamental fortalecer los mecanismos jurídicos e institucionales que permitan la erradicación de este problema público y garantizar que las niñas y las mujeres vivan seguras en sus hogares, en las calles, en los parques y en todo espacio público y privado.
El proyecto legislativo propone definir el feminicidio como un problema estructural, articulando acciones de prevención, investigación y sanción para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. Contempla establecer penas de entre 40 y 70 años de prisión, además de que el delito sea investigado de oficio –es decir, no se necesitará una denuncia para iniciar el procedimiento de investigación--, no prescriba y no haya beneficios procesales, indultos o amnistías.
La tipificación del delito de feminicidio podrá tener nueve razones de género y violencia sexual, entre ellas, antecedentes de violencia contra la víctima; relación de pareja o confianza; desaparición o privación de libertad previa; exposición del cuerpo; contextos de subordinación o desigualdad de poder, y estado de indefensión de la víctima.
Busca incorporar diferentes agravantes en casos de mayor vulnerabilidad, por ejemplo, si se trata de una niña, adolescente o adulta mayor; existen múltiples víctimas; el delito se comete frente a familiares; la victima pertenece a un pueblo indígena o a un grupo vulnerable; intervienen servidores públicos en su comisión; la víctima tiene discapacidad; o bien, se comete contra periodistas o defensoras de derechos humanos.
Actualmente, la norma tipifica el delito de feminicidio, pero su atención es competencia de las autoridades de procuración de justicia de las entidades federativas. La urgencia del mencionado cambio a la Ley está en la coordinación de los tres niveles de gobierno en la investigación y la persecución del delito, posibilitando que las autoridades federales atraigan los casos que lo ameriten; también en la garantía de que no exista un trato diferenciado en el proceso judicial entre una y otra entidad federativa, evitando cualquier vacío legal que concluya en impunidad.
Cada Día Naranja es una invitación a todas y a todos para no bajar la guardia contra la violencia hacia las niñas y las mujeres. No exigimos privilegios. Exigimos los mismos derechos y que se respete nuestra vida y nuestra dignidad como personas.
Lorenia Iveth Valles Sampedro
Senadora de la República
