Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la fecha límite que tienen tanto las personas físicas, como morales, para habilitar el Buzón Tributario. Conoce cuáles son y cómo activarlo.
Por si no estás enterado, el Buzón Tributario es una herramienta digital, segura y personal, que permite a los contribuyentes mexicanos realizar trámites ante el fisco y recibir mensajes al instante. Se puede activar a través de Internet.
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La activación se realiza conforme los números que están en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y queda de la siguiente manera:
Para las personas que contribuyen al RIF, y tienen como sexto dígito numérico de su RFC el 5, 6, 7 u 8, el día límite para habilitar esta herramienta es el próximo domingo 28 de febrero.
Por otra parte, para las aquellos cuyo sexto dígito del RFC es el 9 y el 0, el plazo máximo es el 31 de marzo.
Para las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o que estén suspendidos, la habilitación es opcional.
Si no sabes cómo activar tu buzón, aquí verás los pasos:
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- Inicia sesión con tu Contraseña o e.firma, después da clic en el botón 'Buzón Tributario' ubicado en la esquina superior derecha del portal.
- Seguido a esto tendrás que ir a 'Configuración'.
- Seguido a esto, tendrás un formulario, en el tendrás que poner el correo electrónico y el número de celular que deseas registrar. Da clic en 'Continuar'.
- La página te indicará que tu correo se registró correctamente, ¡Y listo!
Tendrás 72 horas para confirmar tu información. Si tienes más dudas, puedes conocer el paso a paso que la página oficial del SAT te proporciona.
Fuente: SAT