Ciudad de México.- Al parecer, el Servido de Administración Tributaria (SAT), dependencia a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), no quiere que ninguna actividad comercial se le escape cuando del pago de impuestos se refiere, y es que al decir ninguna de verdad es que nada falte, pues recientemente se actualizó la plataforma para emitir facturas y ha llamado la atención que a partir de este momento, los que se dedican al negocio de hechicería ya podrán facturar.
Dicha plataforma digital incluyó que los productos y servicios que ya se pueden facturar son los conocidos bajo el concepto de hechicería, vudú e incluso limpiezas energéticas, por lo que aquellos que lleven a cabo las mismas, ya pueden emitir a sus clientes factura electrónica y por ende, deberán estar ponerse al corriente en cuanto al pago de obligaciones fiscales se refiere tanto aquellas que se presentan de manera mensual como la declaración anual por la realización de actividades que generen en recursos.
Las personas que se dedican a este tipo de actividades fueron incluidas en la categoría de salud, específicamente en el grupo que incluyen las actividades relacionadas con medicina alternativa. Para los conocidos chamanes, tarotistas o personas relacionadas con actividades de este tipo, se les asignó una nueva clave para poder emitir sus facturas. Los emisores de la factura deberán identificar la dinámica del producto o servicio que se contrató por lo cual también llamó la atención que fueron considerados los amarres o hechizos.
Los que a partir de este momento ya podrán emitir facturas son curanderos, chamanes, aquellos que ejerzan medicina alternativa o temas holísticos. El catálogo actualizado por el SAT incluye además a los que se enfocan en tratamientos herbales e incluso servicios de curas con fuentes termales. Cabe destacar que las curas a través de la medicina homeopática también fueron incluidas en este grupo por lo cual aquellos que reciban diagnóstico inicial o incluso lleven a cabo consultas que requieran de algún remedio también podrán emitir una factura.
Los encargados de realizar dichas actividades deberán estar al corriente en el pago del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), el cual cuenta con un porcentaje del 16 por ciento del costo del servicio, así como también cubrir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esta actualización forma parte de los cambios hechos en el SAT donde resaltó la emisión de la Factura móvil 4.0 mediante la cual el contribuyente es autentificado a través del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
La factura antes mencionada puede emitirse a través de cualquier teléfono móvil que cuente con la aplicación del SAT. Este servicio ofrece diversas facilidades entre las cuales está unos formatos para llenar las facturas de una manera más sencilla, al tiempo de también poder incluir un total de 18 clientes frecuentes para así ahorrar tiempo en la emisión de este importante documento. La aplicación ha ganado auge debido a que también permite timbrar facturas con un Certificado de Sello Digital (CSD), e incluso también permite que el registro de los datos de los clientes sea más accesible.
Fuente: Tribuna