Ciudad de México.- La madrugada de hoy, jueves 14 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular con cambios, la reforma que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Este dictamen, que modifica el párrafo segundo del artículo 19 de la Carta Magna, pasó con un total de 335 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones. Pero, ¿esto qué significa? Aquí te explicamos.
Luego de un amplio debate, la mayoría del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y sus aliados aliados (Partido del Trabajo (PT) y el Verde Ecologista de México (PVEM)) en San Lázaro lograron a aprobación la reforma constitucional que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, es decir, la medida cautelar de carácter excepcional, tomada en situaciones de necesidad extrema, mediante la cual un juez dispone privar de su libertad a un presunto criminal.
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No obstante, en esta nueva modificación, se excluyeron del dictamen los delitos de narcomenudeo y defraudación fiscal. Esto fue presentado por el diputado Ricardo Monreal, coordinador del grupo parlamentario de Morena. Por otra parte, se mantuvieron la extorsión, el contrabando, el uso de facturas falsas y se ampliaron las hipótesis sobre actividades relacionadas con el tráfico de drogas, como el fentanilo.
¿Por qué se excluyeron narcomenudeo y defraudación fiscal?
Monreal Ávila compartió que, en la primera reserva de esta moficiación a la Ley se propone excluir del catálogo de delitos graves el narcomenudeo (la venta de drogas en pequeña escala) contemplado en el dictamen, “porque han planteado compañeros del movimiento que le demos un tratamiento social para poder generar condiciones de convivencia pacífica y recobrar, restañar el tejido social, sobre todo en jóvenes".
La segunda reserva, de acuerdo con el líder morenista, excluye a la defraudación fiscal como delito grave porque la misma, es aquel uso de maquinación, engaño o manipulación para dejar de cumplir con sus obligaciones fiscales cualquier ciudadano contribuyente; sin embargo, “creemos que en este momento necesitamos unidad nacional”.
Respecto a la hipótesis sobre fentanilo, el punto establece que el juez ordenará prisión preventiva oficiosa en el caso de delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
Fuente: Tribuna