Ciudad de México.- Tras las elecciones presidenciales de México en 2024, las autoridades electorales destacaron múltiples infracciones por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, al utilizar las conferencias mañaneras como plataforma de apoyo a Morena. Por esta razón, este lunes 12 de agosto el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) decidió si el mandatario concluirá el sexenio con la marca de haber influido en el proceso o si evita esta acusación.
De esta manera, el Tribunal Electoral ratificó la validez de la elección presidencial al desestimar los recursos de la oposición encabezada por Xóchitl Gálvez, que pretendían anularla por intervención del presidente, presiones del crimen organizado y desvío de recursos públicos de la Secretaría del Bienestar. Concluyeron que los argumentos y pruebas presentados eran insuficientes, imperfectos, deficientes, incoherentes, temerarios, incongruentes, genéricos, especulativos y totalmente inadecuados.
Las autoridades electorales destacaron numerosas infracciones atribuidas al presidente López Obrador durante las elecciones de 2024, al utilizar las conferencias mañaneras como plataforma de apoyo a Morena. Por este motivo, hoy el Tepjf determinó si el mandatario finalizará el sexenio con la acusación de haber influido en el proceso electoral o si quedará libre de esta señalamiento.
Así, el Tribunal Electoral validó la elección presidencial al rechazar los recursos de la oposición que buscaban anularla por la presunta intervención del presidente de la República, presiones del crimen organizado y desvío de recursos públicos de la Secretaría del Bienestar. Concluyeron que los argumentos y pruebas presentados eran insuficientes, imperfectos, deficientes, incoherentes, temerarios, incongruentes, genéricos, especulativos y totalmente inadecuados.
De igual manera, sobre las denuncias presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en relación a la violencia generalizada e intervención del crimen organizado, se determinó que estos partidos no aportaron pruebas que demostraran que dichos actos afectaron los resultados de la elección presidencial.
"No demostraron que estos eventos estuvieran dirigidos contra una sola fuerza política o que hubieran influido en los resultados de la elección presidencial".
En el mismo sentido, los integrantes de la Sala Superior tampoco aprobaron la supuesta intervención de sindicatos o servidores públicos ni el uso de programas sociales para la coacción del voto, ya que ninguna de las pruebas, principalmente notas periodísticas, contenía evidencia concreta y verificable. Además, no se acreditó la existencia de una campaña para beneficiar a una fuerza política.
"Las notas de prensa y publicaciones ofrecidas como pruebas carecían de evidencia concreta y verificable que demostrara que los programas sociales se usaron con fines electorales o que se hubiera comprado o manipulado el voto", detalló el magistrado. Como se mencionó en la sesión anterior, no se aprobó la nulidad de las casillas porque las denuncias "debieron plantearse contra cada uno de los 300 cómputos distritales y no como una solicitud general de nulidad".
Fuente: Tribuna